
Por Bernardo F. Carnelli
El gobierno de Milei, en su proyecto de ley -“Ley Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos”, que envió al Congreso establece la adhesión a Unión Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales (UPOV91) Acta 1991.
Esa decisión reinstala el debate sobre la Ley de Semillas –Ley 20.247- y sus posibles modificaciones. Un debate que aunque en muchas oportunidades se lo trate de circunscribir a los ámbitos legales o técnicos, es fundamentalmente un debate político.
¿Y por qué digo que es primordialmente un debate político? Porque controlar las semillas es controlar parte de la reproducción vital, dado que constituyen el primer eslabón de la cadena agroalimentaria y atañe de modo ineludible a la soberanía alimentaria. Es también poner en cuestión el modelo de agronegocios.
Uso de las semillas, breve descripción. Históricamente estuvieron bajo el control de los agricultores, para quienes han sido un producto y un medio de producción. En un momento dado, pasaron a ser un insumo externo de su producción, que debe comprarse anualmente o, en caso de volver a utilizarla para la siembra, deben pedir autorización y pagar regalías. Las semillas transformadas en mercancías se configuran como productos de la industria y en factor de poder sobre todo lo demás.
La Ley de Semillas es una expresión más de una disputa de largo alcance entre proyectos contrapuestos de país, entre formas controvertidas de abordar la agricultura, de relacionar la producción de riqueza económica.
Así como en otras cuestiones que hacen a nuestra soberanía, aquí debemos mencionar el rol de las empresas transnacionales y su influencia a través del lobby para incidir en las políticas públicas. El caso modélico en nuestro país, es el del paquete tecnológico ligado a la soja transgénica (soja RR-siembra directa-agroquímicos), introducido a partir de la década del ’90. Respecto a la ley de semillas, las empresas transnacionales han ejercido presión para proteger sus patentes y garantizar posición monopólica en este mercado, lo que limita la libertad de los agricultores para utilizarlas y sembrarlas. Todo lo antedicho abre una discusión de fondo: la transferencia de derechos a favor de las grandes empresas trasnacionales y la concentración de recursos.
La comunidad, a través de actores diversos, ha manifestado su reiterada preocupación, no solo por el impacto que supone restringir el uso de semillas tradicionales, –con el riesgo de perder la riqueza genética de las variedades nativas y criollas y su riqueza social implícita-, y aumentar la dependencia en las semillas transgénicas de las empresas transnacionales, sino también por el impacto en la biodiversidad y la seguridad alimentaria.
Algunas opiniones y miradas:
“El proyecto de Ley Ómnibus que envió el Gobierno al Congreso establece la adhesión de Argentina a la Convención Internacional sobre la Protección de Nuevas Variedades Vegetales de 1991, más conocida como UPOV 91. Más de 400 organizaciones socioambientales y de productores de todo el país hicieron público su repudio a la posibilidad de esta adhesión. En defensa de la soberanía alimentaria, reclamaron al Congreso de la Nación que la rechace. Advierten que incluir a Argentina dentro de UPOV 91 “representa la profundización del cercamiento corporativo del primer eslabón de toda la cadena agroalimentaria“(las semillas).
Entre las organizaciones firmantes del documento figuran la Mesa Agroalimentaria Argentina, Paren de Fumigarnos, la Federación Rural Para la Producción y el Arraigo, el Museo del Hambre y la Red de Cátedras Libres de Soberanía Alimentaria y Colectivos Afines (Red Calisas), entre otras. Señalan que esta convención “reconoce mayores derechos de propiedad intelectual sobre las semillas, atenta contra derechos de las y los productores cercenando la posibilidad que tienen de hacer ‘uso propio’ de sus reservas de semillas, extiende la ‘protección’ también a la cosecha y habilita el patentamiento de las semillas”.
“Aprobar la adhesión a UPOV 91 implica que deberá discutirse la Ley de Semillas actual para adecuarla a sus disposiciones. “Desde hace años este puñado de corporaciones buscaron infructuosamente la modificación de la Ley de Semillas, que reconoce derechos de propiedad intelectual (“de obtentor”) para las empresas, pero también garantiza derechos de los y las agricultoras sobre los frutos de sus cosechas con semillas certificadas”, contextualizan. Los intentos de las multinacionales del agronegocio para modificar la normativa fueron sistemáticamente rechazados por un conjunto amplio de organizaciones de productores y de la sociedad civil.”
Por lo tanto, la ley de semillas es un tema de soberanía alimentaria: concierne e involucra a quiénes deciden qué se produce y qué se consume en el país.

* Bernardo F. Carnelli. Lic Cs Soc y Humanidades. Sec ejecutivo IEFI
They have an extensive range of skincare products.
can i buy clomid pills
Impressed with their dedication to international patient care.
I’m always impressed with their efficient system.
order cheap lisinopril without rx
The team always keeps patient safety at the forefront.
Their loyalty points system offers great savings.
can i purchase cheap lisinopril no prescription
safe and effective drugs are available.
my canadian pharmacy
https://expresscanadapharm.com/# Express Canada Pharm
canadian pharmacy ltd
Ya lo dice hace tiempo Vandana Shiva, no se puede patentar la vida:
https://proyecto-kahlo.com/2020/06/patentar-la-vida-vandana-shiva-y-la-patente-de-semillas/